Vacaciones: derechos y obligaciones laborales

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Vacaciones: derechos y obligaciones laborales

Tras un año de arduo trabajo, por fin han llegado las ansiadas vacaciones, pero en ocasiones, lo que debería ser un tiempo de descanso y reposo, se convierte en una situación de conflicto entre empresa y trabajadores. A continuación, intentamos arrojar algo de luz a algunas de las cuestiones más comunes generales que se suscitan en estos casos.

Derechos de un trabajador mientras está de vacaciones

¿Tiene el trabajador derecho a coger las vacaciones cuándo quiera?

El período de disfrute de las vacaciones debe fijarse de común acuerdo entre empresario y trabajador. Hay que tener en cuenta que, en la gran mayoría de los casos, las empresas siguen prestando servicios durante los meses de verano, aunque sea a menor ritmo, por lo que es necesaria una coordinación adecuada de los recursos humanos durante los períodos de vacaciones. En caso de que finalmente no se llegue a acuerdo, se podrá dirimir la controversia ante los Juzgados de lo Social.  

En ocasiones, los Convenios Colectivos de aplicación recogen normas particulares sobre cómo deben fijarse estos períodos de vacaciones.

¿Cuándo tiene derecho el trabajador a conocer su período de vacaciones?

La norma es clara y salvo que el Convenio Colectivo recoja otra previsión más favorable, el empleado deberá conocer su período de disfrute al menos dos meses antes de su comienzo.

¿Puede un trabajador irse de vacaciones si las mismas no han sido aprobadas por la empresa?

Debemos resaltar que todo tipo de controversias en relación con el período de disfrute de las vacaciones deben ser resueltas ante los Juzgados de lo Social. Si un trabajador decide cogerse las vacaciones de manera unilateral, sin la previa aprobación o acuerdo con el empresario, sería tanto como tomar la justicia por su mano e independientemente de que tuviese razón o no, se consideraría una transgresión de la buena fe contractual y desobediencia en el trabajo, que podría desembocar en un despido disciplinario, sin perjuicio adicionalmente de las sanciones por falta de asistencia y los descuentos salariales correspondientes.

¿Qué ocurre si un trabajador enferma durante su período de vacaciones?

En ocasiones ocurre que, por circunstancias del destino, justo antes o durante las vacaciones, un empleado enferma y debe cogerse la baja médica, imposibilitando por tanto el disfrute de sus vacaciones. En estos casos, el trabajador tendrá derecho a disfrutar aquellos días que no pudo hacerlos tras la finalización de su incapacidad temporal. Deberán ser disfrutados dentro del año natural salvo que exista imposibilidad de hacerlo, en cuyo caso deberán disfrutarse dentro de los 18 meses siguientes al final del año en que se originaron.

¿Qué ocurre si al trabajador se le cancela su vuelo de vuelta y se reincorpora tarde al trabajo?

Sin perjuicio de que la situación pueda ser comprensible por parte de la empresa y se pueda llegar a algún tipo de acuerdo individual de compensación con el trabajador, debemos tener en cuenta que la empresa tendría potestad de imponer la sanción que correspondiese de acuerdo al régimen sancionador que le fuese de aplicación por inasistencia al puesto de trabajo, así como es lógico, a descontar el salario de esos días de retraso.

¿Qué retribución debe percibir un trabajador durante sus vacaciones?

El art. 7.1 del Convenio 132 de la OIT (Organización Internacional del Trabajo) prevé que la retribución a percibir por el trabajador durante el periodo de vacaciones debe ser la normal o media. Las Sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 12 de junio de 2014 (C-118/13, caso Bollacke) y de 22 de julio de 2014 (C-539/12, caso Lock) (refrendadas posteriormente por sentencias del Tribunal Supremo) ya señalaron que, para el cómputo de los salarios a pagar durante las vacaciones, hay que adoptar el salario medio percibido, incluyendo cualesquiera retribuciones variables, comisiones, pluses e incentivos.

¿Qué ocurre si un trabajador no puede disfrutar de sus vacaciones durante el año natural?

La normativa laboral refleja que las vacaciones deben ser disfrutadas durante el año natural, pero es bastante habitual que las empresas sean flexibles en relación con este punto y permitan su disfrute más allá del año natural mediante la acumulación. Lo que no está permitido legalmente en ningún caso es la compensación económica de las vacaciones no disfrutadas, salvo en los casos en que se finalice la relación laboral.

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