¿Se puede despedir a un empleado de baja por incapacidad temporal?

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¿Se puede despedir a un empleado de baja por incapacidad temporal?

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Sin entrar en los motivos que puedan existir, ya sea por ejemplo la sospecha de un intento de fraude, lo cierto es que la empresa puede preguntarse si existe la posibilidadde despedir a empleados que estén en situación de baja por incapacidad temporal (IT).

La respuesta a esta pregunta no es sencilla y habrá que examinar cada situación particular. No obstante, debemos saber que hay casos especialmente protegidos ante el despido estando de baja temporal y que hay alternativas al despido, como son las extinciones de contrato.

 

¿En qué casos está más protegido el despido del empleado con IT?

Como te explicábamos, hay una serie de situaciones en que hay que ser especialmente cuidadoso porque el despido se considerará nulo, excepto que la empresa pueda probar que es procedente, como son:

  • En los casos de bajas por IT a causa de embarazo, parto o lactancia natural.
  • En los casos de empleados protegidos frente al despido. Además de embarazadas y empleados que hayan solicitado permiso por lactancia, hay que sumar a los trabajadores con permiso por hospitalización de bebé prematuro, a los empleados con reducción de jornada por guarda legal y a los que se hayan reincorporado a su puesto tras una baja de maternidad, paternidad, acogimiento o adopción, cuando no hayan pasado nueve meses desde el nacimiento, acogimiento o adopción.
  • En el caso de que se trate de un representante de los trabajadores, el despido también está especialmente protegido.

 

¿Cómo acabar la relación laboral con un empleado con IT?

Si se trata de un empleado que no se encuentre en las situaciones anteriores, el despido estando de baja temporal podría ser declarado improcedente por la justicia, si no se ha justificado adecuadamente, pero no nulo, excepto si se demuestra que ha existido coacción o presiones para que el empleado pida el alta voluntaria estando de baja por IT.

Por lo tanto, al despedir al trabajador hay que probar que existen pruebas que lo justifiquen, que pueden ser:

  • Causas disciplinarias: por ejemplo, cuando el empleado comete un fraude estando de baja por IT, si puede probarse que ha fingido las causas por las que está de baja.
  • Causas objetivas: en este ámbito se encuentran, por ejemplo, el despido por absentismo al sobrepasar los máximos legales o por ineptitud sobrevenida tras la entrada del empleado en la empresa. También pueden alegarse causas económicas, técnicas, productivas u organizativas.

Por otra parte, como decíamos al principio, existen alternativas al despido que pueden finalizar la relación entre la empresa y el empleado. Nos referimos a diversas causas de extinción del contrato, que pueden darse aunque el trabajador esté de baja:

  • Cuando el empleado está contratado con un contrato temporal, se puede extinguir el contrato cuando caduque.
  • Cuando el despido se produce durante el periodo de prueba, si se alega que el empleado no ha superado la prueba.
  • Cuando un empleado tiene un contrato de interinidad, si se reincorpora el trabajador que tenía el contrato suspendido, entonces la empresa puede extinguir automáticamente el contrato del personal interino, aunque se esté de baja.
  • Cuando se ha firmado una cláusula de extinción automática del contrato y se dan los supuestos para que este se produzca, ni que sea durante una baja por IT.
  • Cuando un trabajador deba reincorporarse tras una baja por IT y no lo haga en el plazo de 24 horas laborales, presentando el parte de alta. En este caso, podría considerarse que estamos ante una baja voluntaria.

No obstante, ante una situación de tales características, te recomendamos que hagas una consulta con tu asesor laboral. Con Laboral PRO tendrás un servicio de asesoramiento especializado, a parte de la gestión de nóminas y los portales de RRHH y del empleado que tu empresa necesita. Si quieres más información, no dudes en contactarnos.

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