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Se plantea un nuevo sistema de incentivos por baja siniestralidad - asesoramiento laboral valencia, madrid, barcelona, zaragoza, bilbao

Blog de asesoría laboral para empresas

Se plantea un nuevo sistema de incentivos por baja siniestralidad

Blog asesoría laboral: incentivos baja siniestralidad

El Gobierno plantea un nuevo sistema de reducción de cuotas para empresas con baja siniestralidad que sustituirá a los incentivos actuales.

Con la presentación a los agentes sociales de las bases del futuro proyecto de Real Decreto para mejorar los incentivos que perciben las empresas especialmente sensibilizadas con la siniestralidad laboral se plantea un cambio en el modelo de bonus a las empresas que contribuyen a la disminución y prevención de la siniestralidad laboral.

La futura regulación propuesta tiene unos objetivos, que se contemplan en la denominada ‘Ley de Mutuas’:

  • Simplificar el proceso de solicitud para las compañías: ya no será necesario que la empresa presente documentación que ya tenga la Administración.
  • Agilizar el reconocimiento y el abono de las primas: se fijará un plazo cerrado para emitir la primera resolución del expediente.

 

¿Cuál será el procedimiento para acceder a los incentivos?

El procedimiento para optar a estos incentivos es también novedoso:

  • Se tendrá en cuenta que el centro tenga unos índices de siniestralidad inferiores a los que se establezcan anualmente, ganando en objetividad.
  • Se elimina la obligación actual de haber realizado inversiones en instalaciones y procesos en materia de prevención de riesgos laborales o de presentar una auto declaración firmada sobre la realización de actividades preventivas.
  • El modelo planteado centra su atención en la medición de resultados, es decir, en la constatación de que hay una disminución real de la siniestralidad laboral, lo que daría derecho a recibir el bonus o la reducción en la cotización por contingencias profesionales.  

 

Cuantía de los incentivos por baja siniestralidad

Se plantea establecer el incentivo en:

  • El 5% del importe de las cuotas por contingencias profesionales para el primer año de observación.
  • El 10% del importe de las cuotas por contingencias profesional en los siguientes años, si los periodos de observación en los que la empresa tiene derecho al incentivo son consecutivos.

Respecto a la financiación de esta reducción, seguirá vinculada a un máximo del 5% del saldo del Fondo de contingencias profesionales, aunque este porcentaje ya no será de aplicación a cada una de las mutuas en proporción a su contribución a la formación de este saldo.  

 

¿Qué requisitos deben cumplir las empresas?

En general, podrán ser beneficiarias todas las empresas que:

  • Coticen por contingencias profesionales, tanto si están cubiertas por una entidad gestora como por una mutua.
  • No hayan rebasado los límites que se establezcan respecto de los índices de siniestralidad general y siniestralidad extrema que anualmente se fijen. Estos límites se adaptarán a las circunstancias propias de cada actividad, de modo que se promueva el acceso al incentivo a aquellas actividades con mayor riesgo para mejorar la prevención allí donde sea más necesaria.
  • Las compañías beneficiarias deben estar al corriente de pago y no haber sido sancionadas en materia de prevención de riesgos o de Seguridad Social.

Si te quieres asegurar que tu empresa acceda a los incentivos por baja siniestralidad, con el más que posible cambio de modelo, te recomendamos que confíes la gestión administrativa laboral a la asesoría Laboral PRO.

En Laboral PRO somos gestores y asesores especializados, por lo que no solo obtendrás el servicio de gestión de nóminas y los portales web para el empleado y el manager de RRHH, también un completo servicio de asesoramiento laboral. Si tienes dudas sobre la siniestralidad laboral, solo tendrás que preguntarnos.

 

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