¿Qué medidas tiene que contemplar el plan de igualdad de la empresa?

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¿Qué medidas tiene que contemplar el plan de igualdad de la empresa?

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Las empresas de más de 250 trabajadores están obligadas a tener un plan de igualdad pero también aquellas en las que lo establezca el convenio colectivo aplicable. Te contamos qué elementos deben contener los planes de igualdad.

Igualmente, las empresas pueden decidir de manera voluntaria elaborar e implantar un plan de igualdad, previa consulta a los representantes de los trabajadores, aunque no estén obligadas por la Ley Orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres. De hecho, anualmente existen convocatorias de ayudas a las pequeñas y medianas empresas de entre 30 y 250 empleados para elaborar e implantar planes de igualdad.  

Los planes de igualdad son un conjunto de medidas adoptadas, tras un diagnóstico de la situación, para alcanzar en la empresa la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo.

A la hora de diseñar un plan de igualdad en la empresa hay que tener en cuenta que existe la obligación de acordar y negociar con los representantes de los trabajadores los puntos del plan.

Entre las áreas de actuación en las que se pueden implantar medidas están:

  • El acceso al empleo: en esta área se pueden implementar muchas medidas, desde establecer criterios de selección de personal que no descarten ninguna candidatura por razón de sexo a utilizar un lenguaje no sexista en las ofertas de empleo.
  • La clasificación profesional, la promoción y la formación: tras analizar los puestos con menor presencia de hombres o mujeres, se pueden establecer medidas para corregir esta situación, mediante criterios claros, objetivos y no discriminatorios que faciliten la promoción interna de la plantilla. Se trata de valorar el talento de trabajadores y trabajadoras independientemente de su género.
  • El sistema de retribución: en esta área hay que analizar la política de retribución de la empresa para detectar si existen diferencias salariales por razones de género y en caso afirmativo, eliminarlas. Igualmente, también puede establecerse que las subidas de sueldo respondan únicamente a criterios de productividad y desempeño.
  • La ordenación del tiempo de trabajo: las medidas acordadas en esta área deben ir encaminadas a favorecer la conciliación de la vida familiar y profesional, como por ejemplo, una política de horarios flexibles o bien la ampliación de permisos laborales, como la baja maternal.
  • La prevención del acoso y la discriminación: en este sentido se pueden poner en marcha campañas de sensibilización sobre el acoso en el ámbito laboral o los malos tratos o crear un protocolo de actuación ante la violencia.

Hay que tener en cuenta que la empresa no está obligada a incluir medidas de todos los ámbitos anteriores, sino solo aquellas consideradas como prioritarias para la dirección de la empresa y los trabajadores.

Otra cuestión importante a considerar es el hecho que todas las medidas que contenga el plan de igualdad, así como las fechas de implantación, no podrán ser revocadas unilateralmente por la empresa una vez que estén acordadas con los representantes e incluidas en el plan.

Este contenido es general y meramente informativo. Si deseas obtener un correcto asesoramiento, ponte en contacto con el equipo de profesionales expertos de nuestra consultoría laboral.

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