¿Puedo cambiar el salario fijo de un empleado por otro variable?

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¿Puedo cambiar el salario fijo de un empleado por otro variable?

Blog asesoría laboral: cambio salario fijo

La situación de inestabilidad económica ha llevado a numerosas empresas a plantearse cuestiones de reorganización. En relación al ámbito laboral, uno de los interrogantes que pueden surgir es si existe la posibilidad de cambiar el salario fijo de un empleado por otro variable.

En este caso nos encontraríamos delante de una modificación del sistema retributivo, que se considera una modificación sustancial de las condiciones de trabajo junto a las variaciones de la jornada laboral, el horario, los turnos o las funciones. A continuación veremos de qué manera puede variarse el sistema retributivo o el salario de un empleado y que elementos deben tenerse en cuenta en el proceso.

 

¿Qué justificación es necesaria para cambiar el salario fijo por el variable?

Como modificación sustancial de las condiciones de trabajo, para llevarla a cabo es necesario que existan causas económicas, técnicas, organizativas o de producción que la justifiquen. Es decir, en el caso que disminuyan las ventas, los resultados o las perspectivas de negocio se podrían acreditar las causas económicas requeridas.

A diferencia de lo que ocurre con los despidos objetivos o con los expedientes de regulación de empleo, para realizar una modificación sustancial no es necesario acreditar la disminución de ingresos durante un determinado número de trimestres.

En el caso de querer variar el salario fijo por uno variable de manera colectiva al conjunto de empleados, también es posible. En tal caso, el procedimiento varía según el número de trabajadores y afectados y es obligatorio abrir un periodo de consultas con los representantes de los trabajadores.

 

¿Cómo debe notificarse una modificación del sistema retributivo?

En el caso de querer variar las condiciones de trabajo de un empleado estamos delante de una modificación de condiciones de trabajo de carácter individual y deberá ser notificada por el empresario al afectado y a sus representantes legales con una antelación mínima de 15 días a la fecha de su efectividad.

Por otra parte, se considera modificación de carácter colectivo aquella que, en un período de 90 días, afecte al menos a:

  • 10 trabajadores, en las empresas con menos de 100 trabajadores.
  • El 10% del número de trabajadores de la empresa, en aquellas que tengan entre 100 y 300 trabajadores.
  • 30 trabajadores, en las empresas que ocupen más de 300 trabajadores.

La modificación colectiva implica iniciar un período de consultas con los representantes de los trabajadores, de duración no superior a 15 días. No obstante, aunque no se llegue a ningún acuerdo, se podrá imponer la modificación.

 

¿Qué puede hacer el empleado ante una modificación del sistema retributivo?

En el caso que el empleado resultase perjudicado por la modificación sustancial, tiene derecho a rescindir su contrato y percibir una indemnización de 20 días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos inferiores a un año y con un máximo de 9 meses. En tal situación, el empleado no tiene que iniciar un procedimiento judicial para rescindir el contrato con derecho a indemnización.

Sin embargo, el empleado tiene otras opciones al verse afectado por un cambio en su salario:  

  • Puede aceptar la decisión de la empresa y adaptarse a los cambios impuestos.
  • Puede impugnar la decisión ante la jurisdicción social. La sentencia declarará la modificación justificada o injustificada y, en este último caso, reconocerá el derecho del trabajador a ser repuesto en sus anteriores condiciones de trabajo y a que se le abonen los daños y perjuicios que la decisión hubiera podido ocasionarle durante el tiempo que ha tenido efectos. El plazo para impugnar una modificación sustancial es de 20 días hábiles, desde el momento en que se produce la notificación.
  • Puede solicitar la extinción del contrato ante la jurisdicción social, cuando las modificaciones sustanciales se lleven a cabo sin respetar lo previsto en el Estatuto de los Trabajadores y redunden en el menoscabo de la dignidad del trabajador. En caso de que el juez declare resuelto el contrato de trabajo, el trabajador tendrá derecho a una indemnización de 33 días por año de servicio hasta un máximo de 24 mensualidades.

 

¿De qué manera puede la empresa variar el salario de un empleado?

La empresa sólo podrá modificar la cuantía salarial que reciben sus empleados de forma unilateral cuanto estos estén cobrando por encima del convenio colectivo estatutario. La modificación no podrá dejar al empleado con un salario por debajo del establecido por convenio o acuerdo extraestatutario y en ningún caso, por debajo del Salario Mínimo Interprofesional.

Sin embargo, se podrá modificar el salario por debajo de lo establecido en el convenio mediante acuerdo con los representantes de los trabajadores, cuando existan causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. También puede negociarse un convenio de empresa que tendrá prioridad aplicativa respecto a otros convenios.

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