Blog asesoría laboral: correo empleado
El control del uso del correo electrónico e Internet de los empleados es un tema controvertido pero a la orden del día.
En la actualidad, la mayoría de empresas utilizan ordenadores conectados a Internet para desarrollar su actividad. Los empleados se conectan a diario a sus terminales y disponen de una cuenta de correo corporativo, con lo que existe la posibilidad que utilicen estas herramientas con fines particulares.
Esto supone un perjuicio para la empresa, ya que el empleado es menos productivo al dedicar tiempo a asuntos personales y además, tiene un coste por el equipo informático y la conexión a Internet.
El Estatuto de los Trabajadores ampara el control y vigilancia del uso de las herramientas informáticas puestas a disposición de los empleados siempre que esta vigilancia y control no suponga una violación de la dignidad e intimidad del trabajador y el secreto de las comunicaciones.
Establecer unas normas
No obstante esto, la jurisprudencia establece que el uso profesional del ordenador o del correo corporativo puede ser controlado por el empresario siempre que haya un preaviso.
Si hay un preaviso de las condiciones en que un trabajador puede usar la herramienta, no puede considerarse que esté sometido a la protección del derecho a la intimidad. El empleado tendrá que asumirlo como normas de la empresa.
A pesar de esto, si no existieran tales normas, la empresa también podría consultar el correo corporativo del empleado si el convenio colectivo del sector incluyera expresamente el uso del correo corporativo solo para asuntos profesionales, como avaló el Tribunal Constitucional en 2013.
Recientemente otra sentencia, en este caso del Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha dictaminado que la empresa tiene el derecho de comprobar las comunicaciones de los empleados, incluso de una cuenta privada, si sospecha que está haciendo un uso personal de las herramientas de trabajo.
En todo caso, lo mejor es que la empresa sea transparente en todo momento sobre este tema y que comunique de una manera clara a los empleados si toma medidas de control sobre el correo electrónico y el ordenador o si prohíbe el uso personal de estas herramientas.
Si tienes alguna duda sobre esta cuestión, puedes dirigirte al servicio de asesoramiento laboral de la asesoría Laboral PRO, incluido en su oferta laboral global.
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