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¿Por qué optar por los contratos de formación en verano? - asesoramiento laboral valencia, madrid, barcelona, zaragoza, bilbao

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¿Por qué optar por los contratos de formación en verano?

Blog asesoría laboral: contratos formación verano

Si este verano necesitas más personal para hacer frente al aumento de actividad, una alternativa es optar por contratar a profesionales que están formándose mediante el contrato de formación.  

El contrato de formación y aprendizaje tiene asociadas una serie de bonificaciones para la empresa, por lo que puede asumir mejor los costes de la contratación, mientras que al empleado le permite combinar la actividad laboral y la formación y obtener un certificado de profesionalidad.

Este tipo de contrato está dirigido al colectivo de jóvenes entre 16 y 29 años (hasta que la tasa de desempleo se sitúe por debajo del 15%) que se encuentran en situación de desempleo (inscritos como demandantes de empleo) y sin formación oficial relacionada con el puesto a desempeñar; por lo que se trata de un colectivo muy motivado por tener la oportunidad de trabajar y formarse a la vez.

La duración de este tipo de contrato tiene una duración de entre uno y tres años, según el convenio, por lo que los jóvenes que contrates este verano pueden continuar trabajando para la empresa durante más tiempo.

 

¿Qué obligaciones tiene la empresa con el contrato de formación?

Como estamos ante un contrato que tiene una finalidad formativa, se derivan las siguientes obligaciones para la empresa, que debes tener en cuenta:

  • El trabajador contratado mediante esta fórmula debe tener un tutor asignado en el centro de trabajo, aunque se recibe una bonificación para hacer frente a los costes de tutorización.
  • Del total de la jornada laboral, el 25% se dedicará a la formación teórica durante el primer año y que este porcentaje será del 15% durante el segundo y tercer año. No obstante, las cuotas empresariales por este tiempo están financiadas.

 

¿Qué bonificaciones tiene el contrato de formación?

Ya hemos avanzado algunas de las bonificaciones que tiene en contrato de formación pero vamos a concretarlas y detallarlas a continuación:

  • La reducción de las cuotas empresariales al 100% para empresas de menos de 250 trabajadores y del 75% para empresas de más de 250 trabajadores.
  • Financiación de la formación: bonificaciones en las cuotas empresariales por un número de horas equivalente a los siguientes porcentajes de la jornada laboral:
    • Para el primer año: el 25% para los trabajadores en general y el 50% para los beneficiarios de la Garantía Juvenil (este tipo de contrato es compatible con el Sistema de Garantía Juvenil).
    • Para el segundo y tercer año: el 15% para los trabajadores en general y el 25% para los beneficiarios de la Garantía Juvenil.
  • Bonificación adicional para financiar loscostes de tutorización de la empresa, con una cuantía máxima de 1,5 euros por alumno y hora de tutoría, con un máximo de 40 horas por mes y alumnos. En empresas de menos de 5 trabajadores, la cifra sube a 2 euros por alumno y hora de tutoría.

Además, si decides transformar el contrato de formación en indefinido a su finalización, puedes obtener una reducción en la cuota empresarial a la Seguridad Social de 1.500 euros al año (1.800 euros al año en caso de mujeres) durante tres años.

Si necesitas asesoramiento laboral sobre contratación, bonificaciones, incentivos, etc. puedes contactar con la asesoría Laboral PRO, especialista en gestión administrativa laboral que te ofrece un servicio laboral global.

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