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Plan nacional de actividades preventivas 2019

Blog de asesoría laboral para empresas

Plan nacional de actividades preventivas 2019

Mediante la resolución de 28 de marzo de 2019 se organizan las actividades preventivas de la Seguridad Social que deben desarrollar las mutuas durante el 2019, estableciendo los criterios y prioridades que han de regir las mismas. 

¿Cuáles son las actividades y programas preventivos?

Este Plan se dirige preferentemente a pequeñas empresas y a empresas y sectores con mayor siniestralidad.

1. Asesoramiento técnico a PYMES y empresas de sectores preferentes. Comprende la realización de visitas a las empresas asociadas en las que concurran estas circunstancias:

-  empresas de < 50 trabajadores cuya actividad se realice en las divisiones de actividad que se corresponden con las de mayor número de accidentes de trabajo graves y mortales producidos en el año 2017:

- empresas que en 2017 hayan tenido un índice de accidentalidad propio superior al del año 2016 o bien hayan presentado accidentes mortales o graves durante la jornada de trabajo;

- empresas que en 2017 hayan declarado enfermedades profesionales con baja (causadas por los agentes y en los sectores de actividad relacionados en el anexo 2).

2. Asesoramiento a empresas o actividades concurrentes. Comprende el asesoramiento sobre la aplicación de los medios de coordinación existentes para la prevención de riesgos laborales en los centros de trabajo en los que concurran trabajadores de dos o más empresas, incluidos contratistas y subcontratistas, o trabajadores autónomos alguna de cuyas empresas o alguno de cuyos trabajadores se encuentre asociada o adherido a la mutua.

3. Difusión del servicio de la Seguridad Social denominado «Prevención10.es».  Comprende la realización de jornadas entre las empresas asociadas de hasta 25 trabajadores y autónomos adheridos al objeto de informarles sobre las funcionalidades que ofrece este servicio que dispensa la acción protectora de la Seguridad Social, y mostrarles su utilización. Las mutuas pueden, en el desarrollo de esta actividad solicitar la colaboración del INSS.

4. Programa de asesoramiento en empresas con menos de 50 trabajadores para la adaptación de puestos de trabajo y estructuras para la recolocación de trabajadores accidentados o con patologías de origen profesional. 

5. Actuaciones para el control y, en su caso, reducción de los AT/EP.  Se van a llevar a cabo especialmente en empresas que desarrollen su actividad económica en las divisiones y en los sectores de actividad con mayor siniestralidad laboral (anexo I y II) de modo que pueda disponerse de información que permita analizar el comportamiento experimentado por los accidentes y las enfermedades en aquellas empresas en los años 2019, 2020 y 2021.

6. Actividades de investigación, desarrollo e innovación para la reducción de las contingencias profesionales. 

¿Qué deben hacer las Mutuas?

Cada Mutua está obligada a elaborar su respectivo plan de actividades preventivas ajustándose estrictamente a estos programas, actividades y prioridades y teniendo en cuenta la perspectiva de género en su desarrollo.  

Este plan está financiado por la mutua y los gastos destinados a su ejecución no pueden superar el 0,7% de sus ingresos por cuotas efectivamente cobradas por contingencias profesionales del último ejercicio liquidado previo al plan de actividades preventivas.

En el plazo de los treinta días siguientes a la publicación de esta resolución, las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social presentarán ante la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, para su aprobación, el plan de actividades preventivas individual con los programas y actividades a desarrollar durante el año 2019.

Este contenido es general y meramente informativo. Si deseas obtener un correcto asesoramiento en gestión de personal, ponte en contacto con el equipo de profesionales expertos de nuestra asesoría laboral.

¿Tienes alguna duda?

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