Novedades en el contrato de formación para 2015

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Novedades en el contrato de formación para 2015

Contrato de formación del 2015. Blog asesoría laboral

Con el real decreto que regula el Programa de Activación para el Empleo, se incluye un cambio en la normativa que afecta al contrato para la formación durante el año 2015.

En concreto, la novedad más destacada es que se amplía el plazo para realizar contratos de formación no vinculados a certificados de profesionalidad o títulos de formación hasta el 30 de junio de 2015, aunque se podría prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2015, si fuera necesario.

La característica principal del contrato para la formación es que permite compaginar la actividad laboral con la actividad formativa. Es un tipo de contrato pensado para trabajadores mayores de 16 años y menores de 25 (menores de 30 hasta que la tasa de desempleo se sitúe por debajo del 15%) que carezcan de cualificación profesional reconocida que les permita concertar un contrato en prácticas.

 

Se amplía el régimen transitorio de la actividad formativa

Hasta el próximo 30 de junio la formación que recibirán los empleados contratados a través de este tipo de contrato puede ser la establecida por la ley, recogida en ficheros de especialidades formativas, sin necesidad que está vinculada a un título de Formación Profesional o a otro certificado de profesionalidad. Es decir, se amplía el llamado régimen transitorio de la actividad formativa.

En el marco de este régimen transitorio, la formación la puede impartir la empresa directamente o bien centros autorizados por el Servicio Público de Empleo Estatal.

 

Bonificaciones asociadas a los contratos de formación

Los contratos de formación es que tienen asociadas interesantes bonificaciones:

  • Las empresas que contraten a trabajadores desempleados mediante este tipo de contrato disfrutarán de una reducción de las cuotas empresariales a la Seguridad Social del 100%, si tienen una plantilla inferior a 250 trabajadores y del 75%, si tienen más de 250 trabajadores.
  • En el caso que se transforme en un contrato indefinido a su finalización, las empresas tendrán derecho a una reducción en la cuota empresarial a la Seguridad Social de 1.500 euros al año, durante tres años. En el caso de las mujeres, la reducción será de 1.800 euros al año.

Para cualquier consulta sobre los contratos de formación o las bonificaciones que tienen asociadas, puedes contactar con los asesores laborales de Laboral PRO. Ya sabes que la asesoría Laboral PRO ofrece asesoramiento laboral incluido junto al servicio de externalización de nóminas.

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