Los tickets restaurante no forman parte del salario

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Los tickets restaurante no forman parte del salario

El Tribunal Supremo ha considerado en una sentencia (14 de septiembre de 2021) que los tickets/cheques restaurante que algunas empresas proporcionan a sus empleados no pueden ser considerados como parte de su salario a pesar de que lo cobren en la nómina mensual.

Los tickets restaurante no tienen naturaleza salarial

El importe de los tickets restaurante no tiene naturaleza salarial sino indemnizatoria”. Así lo afirma la sentencia del TS de 14 de septiembre de 2021.

“El dato de que se trate de una percepción en dinero, en lugar de en especie, como era con anterioridad, no varía la naturaleza de la percepción. No toda percepción económica es una percepción de naturaleza salarial, como resulta del artículo 26.2 del Estatuto de los Trabajadores, que dispone que no tendrán la consideración de salario las cantidades percibidas por el trabajador en concepto de indemnizaciones o suplidos por los gastos realizados como consecuencia de su actividad laboral, las prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social y las indemnizaciones correspondientes a traslados, suspensiones o despido".

Además, debido a que estos tickets restaurante no son considerados como parte del salario, la sentencia recoge que los empleados que se encuentran en situación de baja por incapacidad temporal no tendrían que cobrar este dinero durante este periodo (en este caso, 1.500 euros anuales/125 mensuales por trabajador)

El Supremo rechaza en esta sentencia un recurso presentado por la Confederación General del Trabajo que pedía que el importe que cobraban las personas trabajadoras de una empresa por esos tickets restaurante se pagase también a aquellos empleados que estaban de baja.

Sin embargo, finalmente la sentencia da la razón a la empresa, la cual venía defendiendo que la compensación derechos tickets restaurante solo se percibiría en caso de que el empleado realice una jornada que contemple hora de comida. La entidad entiende que  las jornadas sin hora de comida no deben percibir dicho concepto (en la medida en que no percibirán tampoco tickets restaurante): “En las situaciones de baja por incapacidad temporal, maternidad, lactancia o cualquier otra que implique la situación de tiempo no trabajado no se percibirá el importe de compensación derechos tickets restaurante

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