Los pluses también deben pagarse en vacaciones

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Los pluses también deben pagarse en vacaciones

Blog asesoría laboral: pluses vacaciones

En una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 22 de mayo de 2014 se interpretó que en caso de tener un salario donde convive el salario fijo y las comisiones comerciales, no se puede reducir la retribución de un mes por el hecho de que durante las vacaciones no se hayan cerrado operaciones que generen dichas comisiones.

Después de este fallo que va en contra del modus operandi de la mayoría de empresas, la Audiencia Nacional ha adoptado el mismo criterio e incluso va más allá en dos sentencias, que afectan a Telefónica y Swissport.

En concreto, las sentencias de la Audiencia Nacional establecen que no sólo deben retribuirse los variables, sino también todos los pluses durante las vacaciones a todos los empleados de las empresas.

De esta manera, también habrá que retribuir durante las vacaciones por todo tipo de pluses que se cobran por actuaciones concretas y no necesariamente recurrentes como pueden ser:

  • Pluses por las horas extra
  • El plus de nocturnidad
  • Pluses por los fines de semana y festivos
  • Plus de jornada partida
  • Plus de peligrosidad

Así pues, aunque que el Tribunal Supremo avala la legalidad de las cláusulas que excluyen el variable de la retribución de las vacaciones, con estas sentencias, la Audiencia Nacional da un giro radical y considera que dicha doctrina ha quedado obsoleta y que debe pagarse el variable en el salario vacacional como establece la nueva doctrina de la Unión Europea.

Estos últimos fallos de la Audiencia Nacional introducen un nuevo marco legal que puede afectar a cualquier empresa. Por eso, es interesante disponer de un servicio de asesoramiento laboral experto, como el que ofrece Laboral PRO a todos sus clientes incluido en su oferta.

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