Jornada continua: ¿puede una empresa suprimir el ticket comedor?

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Jornada continua: ¿puede una empresa suprimir el ticket comedor?

¿Cambiar el régimen de jornada partida a intensiva con la consiguiente supresión del ticket de comedor supone una modificación sustancial de las condiciones de trabajo? La Audiencia Nacional (SAN 18/03/2021) ha respondido que sí, por lo que para su adopción se requiere que concurran causas económicas, técnicas, organizativas o de producción (además de un procedimiento específico)

Ticket comida y modificación de las condiciones de trabajo

Debido al confinamiento y al régimen del teletrabajo, muchas han sido las empresas que han pasado a aplicar el régimen de jornada intensiva con el fin de facilitar la conciliación familiar. Algunas de ellas, ante esta situación, han decidido suprimir el ticket comedor al entender que en la situación del teletrabajo no va a existir un gasto por tal concepto.

Partiendo de que la supresión del ticket comida es una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, ante esta práctica, la Audiencia Nacional recuerda que la empresa no goza de una potestad completa, ilimitada y discrecionalidad que le permita en cualquier caso modificar las condiciones laborales de sus trabajadores. Aclara que es una facultad que se puede adoptar solamente cuando existan razones económicas, técnicas, organizativas o de producción y la adopción de las medidas modificativas pueda ayudar de manera real a mejorar o favorecer la posición de la empresa en el mercado.

Teniendo en cuenta lo anterior, la adopción de una jornada laboral continua suprimiendo la hora de descanso y a la vez el ticket de comedor no responde a ninguna de las causas objetivas (de hecho, la mayoría de los casos responden a circunstancias derivadas del Covid-19). Es decir, la supresión del ticket de comedor no está justificada, pero el teletrabajo sí.

Jornada continua y modificación de las condiciones de trabajo

De hecho, la Audiencia Nacional también señala que la concentración de horas de trabajo a través de una jornada intensiva tampoco responde a causas objetivas. Por tanto, en esta situación no procede ni la supresión del ticket comida ni la jornada laboral continua. Así lo indica la Audiencia Nacional: “la concentración de la jornada en ocho horas continuadas, suprimiendo la hora de descanso y, a la vez, el ticket, no responde a ninguna de las causas objetivas; según la empresa, la supresión del descanso justifica y da lugar a la supresión del ticket; es decir, se suprime la hora de descanso para justificar la supresión del ticket; ahora bien, ni una ni otra supresión están justificadas en causa objetiva alguna”

La empresa no puede sustituir la normativa convencional que venía aplicando a sus empleados por otra que además les causa perjuicio , ya que se les suprime el tiempo de descanso y a su vez se les quita una parte del salario con la supresión del cheque comida.

En las situaciones de modificación sustancial de condiciones de trabajo es recomendable consultar con un experto. En la asesoría Laboral PRO podemos ayudarte, con nuestro servicio de asesoramiento empresarial incluido en nuestra solución laboral global.

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