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El TS aclara la acumulación del permiso por lactancia

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El TS aclara la acumulación del permiso por lactancia

Permiso lactancia. Blog asesoría laboral

En una reciente sentencia, el Tribunal Supremo ha declarado que sí existe derecho a la acumulación en jornadas completas del permiso de lactancia. 

La sentencia da luz verde a que la base de cálculo en la acumulación de lactancia sea de una hora y no de media, como venían aplicando algunas empresas. Se trata de una decisión que se ha tomado para garantizar una mejor protección y atención del recién nacido, que es lo que perseguía la norma.

Además, para el Tribunal, el permiso por lactancia natural es un derecho necesario relativo que, según establece el artículo 37.4 del Estatuto de los Trabajadores, se concreta en poder ausentarse del trabajo una hora, con los incrementos proporcionales en los casos de parto múltiple. Es decir que, en el caso de que una trabajadora tenga mellizos, podrá pedir hasta dos horas de lactancia. Asimismo, este permiso podrá disfrutarse hasta que el recién nacido cumpla 9 meses.

En el fallo también se expone que, aunque el Convenio Colectivo no especifique si las jornadas completas deben obtenerse con base en la hora de ausencia o en la media hora de reducción de jornada, el trabajador puede tomar la decisión de acumular o no su permiso de lactancia. Y, en este sentido, la empresa no podrá aplicar una previsión menos beneficiosa que la establecida en el art. 37 del Estatuto de los Trabajadores.

Este contenido es general y meramente informativo. Si deseas obtener un correcto asesoramiento, ponte en contacto con el equipo de profesionales expertos de nuestra asesoría laboral.

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