Blog asesoría laboral: SMI 2016
Con el cambio de año, se ha actualizado la cuantía del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), que es la referencia para la garantía mínima de salario, entre otros aspectos.
A través del Real Decreto 1171/2015, de 29 de diciembre, se ha fijado el SMI que rige a partir del 1 de enero de 2016.
Las cuantías establecidas son las siguientes:
- Con carácter general:
- 655,20 euros mensuales
- 21,84 euros diarios
- 9.172,80 euros anuales
- Para los trabajadores eventuales y temporeros cuyos servicios a una misma empresa no excedan de 120 días: 31,03 euros por jornada.
- Para los empleados de hogar que trabajen por horas, en régimen externo, y conforme a la normativa que regula la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar: 5,13 euros por hora efectivamente trabajada.
Como comentábamos, el SMI sigue siendo la magnitud de referencia para garantizar un mínimo de salario, para determinar requisitos de rentas y responsabilidades para el acceso a la prestación de desempleo así como el límite de responsabilidad del fondo de garantía salarial, entre otros.
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