Se retrasa un año más la ampliación a un mes del permiso de paternidad

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Se retrasa un año más la ampliación a un mes del permiso de paternidad

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La ampliación a un mes del permiso de paternidad tendrá que esperar. Según el proyecto de Presupuestos Generales del Estado para 2015, se retrasa un año más el incremento de la duración del permiso de paternidad en casos de nacimiento, adopción o acogida.

La medida de ampliar el tiempo del permiso de paternidad se contempla en la disposición adicional decimoctava de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y en la Ley de 2009 de ampliación de duración del permiso de paternidad.

En concreto, el texto de los Presupuestos Generales del Estado recoge una modificación de la ley de 2009 para transformar su redacción y cambiar la fecha de puesta en marcha del 1 de enero de 2015 al 1 de enero de 2016.

 

El permiso de paternidad, en la actualidad

Como ya te explicamos en este post sobre el permiso de paternidad, la duración actual del permiso de paternidad es de 13 días naturales ininterrumpidos, ampliables en dos días más por cada hijo a partir del segundo en caso de parto, adopción o acogimiento múltiples.

El permiso de paternidad puede disfrutarse en régimen de jornada completa o en régimen de jornada parcial de un mínimo del 50%, si hay un acuerdo previo entre la empresa y el empleado.  

No obstante, hay unos casos específicos en que el permiso de paternidad es de 20 días naturales ininterrumpidos, que también pueden ampliarse dos días más por parto, adopción o acogimiento múltiples:

  • Cuando se trate de una familia numerosa o cuando la familia pase a ser numerosa con el nuevo nacimiento, adopción o acogimiento.
  • Cuando en la familia exista una persona con discapacidad igual o superior al 33%.
  • Cuando el hijo nacido, adoptado o menor acogido tenga una discapacidad igual o superior al 33%.

Otro punto a tener en cuenta es que el permiso de paternidad de 13 días no puede ser disfrutado por la madre en ningún caso, debe ser disfrutado exclusivamente por el padre u otro progenitor.

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