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¿Qué hacer si no se quiere reincorporar a un excedente?

Blog asesoría laboral: reincorporar excedente

El trabajador que ha pedido una excedencia voluntaria conserva el derecho preferente a incorporarse a la empresa cuando hay vacantes en su grupo profesional. Pero ¿sabes qué hacer si no quieres reincorporarlo?

Te recordamos que los trabajadores de tu empresa pueden pedir una excedencia voluntaria siempre que tengan al menos un año de antigüedad. La excedencia puede ser de entre cuatro meses a cinco años y no se les reserva su puesto de trabajo.

Sin embargo, como apuntábamos al principio sí que tienen el derecho preferente para reincorporarse a la empresa si hay vacantes en su grupo profesional.

 

¿Qué ocurre si la empresa se niega a reincorporar al excedente?

Si el trabajador pide volver a la empresa pero esta se niega a ello, esto es lo que pasa:

  • Al rechazar el derecho preferente para su reincorporación, estamos ante una situación que equivale al despido.
  • Como estamos despidiendo al trabajador sin causa, este nos puede reclamar la indemnización por despido improcedente (el tiempo de excedencia no cuenta para fijar el importe de la indemnización).

No obstante, el empleado deberá reclamar contra el despido en el plazo de 20 días hábiles desde el momento en que le hayamos comunicado la negativa al reingreso.

 

¿Y si no hay vacantes?

La empresa puede decir que no hay vacantes del grupo profesional del excedente para no reincorporarlo pero si es mentira y sí que las tiene (esto se descubre si al poco tiempo la empresa contrata a un nuevo trabajador del mismo grupo profesional), el afectado puede reclamar:

  • Su derecho a ser readmitido: tiene el plazo de un año para hacerlo desde el momento en que conozca la existencia de la vacante. La empresa se verá obligada a demostrar que no existen vacantes, probando que no ha habido nuevas contrataciones durante la excedencia o que ha habido despidos en el mismo grupo profesional del excedente.  
  • Una indemnización por daños y perjuicios por la no reincorporación: se suele calcular contando los salarios que tendría que haber recibido desde el momento que se produjo la vacante hasta la reincorporación. El afectado tiene un año para reclamar esta indemnización desde el momento en que se produce la readmisión.

En el caso que sea verdad que en la empresa no hay vacantes, la excedencia voluntaria se prorrogará hasta que exista una vacante sin límite temporal. Cuando surja una vacante, si la empresa no se la ofrece al excedente, este puede reclamarle el reingreso y la indemnización.

Para más información, puedes contactar con la asesoría Laboral PRO, que cuenta con un servicio de asesoramiento laboral especializado dentro de su oferta global de servicios laborales.

¿Tienes alguna duda?

Si eres una empresa y tienes alguna duda acerca de "¿Qué hacer si no se quiere reincorporar a un excedente? " ponte en contacto con nosotros.

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