¿Qué debe saber sobre el permiso de paternidad?

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¿Qué debe saber sobre el permiso de paternidad?

Blog asesoría laboral: permiso paternidad

Alrededor del permiso de paternidad pueden surgir dudas diversas, desde cuál debe ser la duración del mismo, cómo debe computarse o en qué casos un trabajador puede pedir el permiso.  A continuación abordaremos estas cuestiones.

Le recordamos que el permiso de paternidad es el periodo de descanso a qué tienen derecho los trabajadores, generalmente, en el caso de nacimiento de un hijo, y es independiente del goce compartido que puedan hacer del permiso por maternidad.

 

¿En qué casos puede pedirse el permiso de paternidad?

Además del nacimiento de un hijo o una hija, también hay otras situaciones que se dan derecho al permiso de paternidad:

  • La adopción y el acogimiento familiar, tanto el preadoptivo como el permanente o simple, siempre que este último no dure menos de un año en el caso de acogimientos provisionales de:
  • Menores de 6 años
  • Mayores de 6 años y menores de 18 años con un grado de discapacidad igual o superior al 33% o que tengan especiales dificultades de inserción social y familiar, debidamente acreditadas por los servicios sociales competentes.
  • La tutela sobre un menor, cuando el tutor sea un familiar que, de acuerdo con la legislación civil, no pueda adoptar al menor, siempre que la tutela conlleve la convivencia entre el tutor y el tutelado, y se cumplan los mismos términos de edad que señalábamos sobre el adoptado o acogido.

 

¿Cuándo se disfruta el subsidio por paternidad?

El trabajador tendrá derecho al subsidio por paternidad de acuerdo con lo dispuesto en la legislación para cada caso:

  • Para los trabajadores incluidos en el ámbito de aplicación del Estatuto de los Trabajadores. El subsidio por permiso de paternidad se disfrutará:
  • Durante el período comprendido desde la finalización del permiso por nacimiento de hijo o desde la resolución judicial por la que se constituye la adopción o a partir de la decisión administrativa o judicial de acogimiento, hasta que finalice la suspensión del contrato por parto, adopción o acogimiento, o
  • Inmediatamente después de la finalización de dicha suspensión, siempre que, en todos los casos, se produzca el disfrute efectivo del período de descanso correspondiente.
  • En los supuestos de pluriempleo o pluriactividad: Los subsidios por paternidad podrán iniciarse en cualquier momento de los indicados en los párrafos anteriores, por lo que podrán percibirse de manera simultánea, sucesiva o separados en el tiempo.
  • En caso de parto, si la madre no tuviera derecho a suspender su actividad con derecho a prestaciones por maternidad, el otro progenitor percibirá el subsidio por paternidad inmediatamente después del permiso por nacimiento y a continuación, percibirá el subsidio por maternidad.
  • En caso de parto, si la madre no trabaja y no ha lugar a períodos de descanso por maternidad, se presumirá que éstos han existido a los efectos del permiso por paternidad que, entonces, podrá iniciarse de la misma manera que si la madre hubiera sido trabajadora con derecho al disfrute del descanso.
  • En los casos en que procedan ampliaciones de los períodos de descanso o permiso, el subsidio por paternidad podrá iniciarse al término de dichos períodos adicionales o con anterioridad a su finalización.
  • Cuando se perciba el subsidio de maternidad en régimen de jornada a tiempo parcial, el subsidio de paternidad se podrá percibir, bien durante la percepción del subsidio por maternidad en su totalidad, o bien inmediatamente después de su extinción.

 

¿Cuánto dura el permiso de paternidad?

Según las circunstancias, la duración del permiso de paternidad podrá variar:

  • Los trabajadores por cuenta ajena que les sea de aplicación el Estatuto de los Trabajadores tendrán derecho a la suspensión del contrato durante 13 días naturales ininterrumpidos, ampliables en dos días más por cada hijo a partir del segundo en el supuesto de parto, adopción o acogimiento múltiples. La suspensión podrá disfrutarse en régimen de jornada completa o en régimen de jornada parcial de un mínimo del 50%, previo acuerdo entre el empresario y el trabajador.
  • Cuando el nuevo nacimiento, adopción o acogimiento se produzca en una familia numerosa o cuando la familia adquiera dicha condición con el nuevo nacimiento, adopción o acogimiento o cuando en la familia existiera previamente una persona con discapacidad igual o superior al 33%, la duración del permiso de paternidad será de 20 días naturales ininterrumpidos. Esta duración se ampliará en dos días más en casos de parto, adopción o acogimiento múltiples.
  • Cuando el hijo nacido, adoptado o menor acogido tenga una discapacidad en un grado igual o superior al 33%, el permiso de paternidad será de 20 días naturales interrumpidos.

 

Preguntas frecuentes

Para acabar, vamos a responder las dos preguntas más repetidas relacionadas con el permiso por paternidad:

  • En el supuesto de parto, si el padre u otro progenitor no quieren disfrutar el permiso por paternidad, ¿puede disfrutarlo la madre? En ningún caso el permiso por paternidad de 13 días puede ser disfrutado por la madre, debe ser disfrutado exclusivamente por el padre u otro progenitor.
  • ¿Cuándo empiezan a contar los dos días de permiso retribuido por nacimiento de hijo: el mismo día del parto o el día siguiente? Los dos días de permiso retribuido por nacimiento del hijo empiezan al día siguiente del parto, según avala una sentencia del Tribunal Supremo.

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