¿Puede haber una cesión ilegal de empleados contratando los servicios de una ETT?

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¿Puede haber una cesión ilegal de empleados contratando los servicios de una ETT?

Cesión ilegal por ETT. Blog asesoría laboral

Cuando una empresa necesita cubrir necesidades temporales es común que recurra a los servicios de una empresa de trabajo temporal (ETT). Te contamos en qué casos puede haber una cesión ilegal de trabajadores.

Como sabrás, las ETT son las únicas empresas que pueden ceder temporalmente trabajadores. En cambio, si se recurres a una empresa que no es una ETT, se produciría una cesión ilegal.

También estaríamos ante un caso de cesión ilegal si se subcontrata un servicio y se actúa con los trabajadores de esta empresa como si se fuera su propio empresario.

 

Cesión ilegal por ETT

Aunque parezca que al contratar los servicios de una ETT evitamos los riesgos anteriores, también podemos incurrir en una cesión ilegal.

Esto ocurre cuando el contrato entre la ETT y la empresa, que tiene como objeto la cesión del trabajador, se firma sin una causa de temporalidad que lo justifique.

Solo se puede firmar un contrato con una ETT en los mismos casos en los que se firmaría un contrato temporal con un trabajador, es decir, cuando se produce una acumulación de tareas, para realizar una obra o un servicio determinado, etc.  

 

¿Qué ocurre cuando se declara una cesión ilegal?

En el caso de que se declarase la cesión ilegal, ocurriría lo siguiente:

  • Los trabajadores afectados se convertirán en fijos en la empresa que ellos quieran, la tuya o la ETT.
  • Las dos empresas, la tuya y la ETT, deberán responder de forma solidaria de la indemnización por despido.

Además, la empresa puede ser sancionada administrativamente por cometer cesión ilegal, considerándose una infracción muy grave, y en algunos casos podrían derivarse incluso responsabilidades penales.

Por estas razones, antes de recurrir a la ETT es recomendable que tengas en cuenta lo siguiente:

  • Si las necesidades de la empresa no son temporales, lo mejor es firmar contratos indefinidos. Piensa que quizá te puedas beneficiar de alguna bonificación en la contratación.
  • Si las necesidades de la empresa sí son temporales, revisa que los contratos con la ETT no excedan la máxima duración prevista para los contratos temporales: tres años para el contrato de obra y servicio y seis meses para el contrato eventual (excepto que el convenio amplíe el límite). Si se superan estos topes, el contrato pasará a ser indefinido y también se considerará que hay cesión ilegal.

Este contenido es general y meramente informativo. Si deseas obtener un correcto asesoramiento, ponte en contacto con el equipo de profesionales expertos en gestión de contratos.

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