despido nulo devenga vacaciones

Blog de asesoría laboral para empresas

¿Qué ocurre con las vacaciones en caso de despido nulo?

Un despido nulo provoca la readmisión inmediata del trabajador, con abono de los salarios dejados de percibir desde el momento en que fue despedido. Sin embargo, puede ocurrir que la readmisión se demore y pase cierto tiempo hasta que se hace efectiva. En esta situación surge la principal duda: ¿el periodo transcurrido hasta la readmisión del trabajador también devenga vacaciones?

La respuesta a esta cuestión la encontramos en la sentencia del Tribunal Supremo de 14 de julio de 2022, la cual analiza los siguientes hechos reales:

  • Una trabajadora es despedida el 6 de septiembre de 2017.
  • Impugna el despido y es declarado nulo.
  • La readmisión de la trabajadora se produce el 9 de mayo de 2018.
  • La empresa le abona los salarios de tramitación y la trabajadora solicita los 20 días de vacaciones devengados desde la fecha del despido hasta la de la readmisión.
  • La empresa le deniega la solicitud, la trabajadora interpone demanda y el caso llega hasta el Tribunal Supremo.

La cuestión a resolver consiste en determinar si una trabajadora despedida tiene derecho a vacaciones en relación con el periodo de tiempo transcurrido desde la fecha del despido hasta la de su readmisión una vez que se ha conocido la calificación del despido (nulo).

Devengo de vacaciones tras despido nulo

Para resolver esta situación, el Tribunal Supremo recuerda que su doctrina ha reconocido el derecho a las vacaciones no disfrutadas durante el tiempo en que el trabajador/a estuvo despedido.

Esta doctrina es aplicable tanto cuando el despido se califique de improcedente como cuando se califique como nulo, ya que en ambos casos concurre la misma involuntariedad en la interrupción en la prestación de servicios, la readmisión y restauración completa de la relación laboral.

En este sentido, el TS entiende que la restitución de la relación laboral que provoca una declaración de nulidad de un despido también debe suponer el devengo de las vacaciones durante el periodo en el que el trabajador/a no desempeña su actividad laboral por causas imputables a la empresa.

Conociendo esta interpretación anterior del TS, el propio tribunal concluye que, en esta situación concreta, la trabajadora tiene derecho a disfrutar de las vacaciones devengadas durante el periodo temporal desde que fue despedida hasta que fue readmitida de nuevo.

¿Tienes alguna duda?

Si eres una empresa y tienes alguna duda acerca de "¿Qué ocurre con las vacaciones en caso de despido nulo? " ponte en contacto con nosotros.

Contacta ahora
Volver