¿Cabe el permiso retribuido para ir al dentista?

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¿Cabe el permiso retribuido para ir al dentista?

El Estatuto de los Trabajadores refleja la posibilidad de que un trabajador, previo aviso y justificación, pueda ausentarse del trabajo (con derecho a seguir cobrando) siempre y cuando concurran una serie de motivos, los cuales desarrollamos aquí: Qué permisos retribuidos existen.

Permiso retribuido para ir al dentista en horas de trabajo

El artículo que enumera estos motivos (37.3 ET) no incluye los permisos por asistencia al médico o al dentista, por lo que en principio la empresa no tiene la obligación de retribuir la ausencia de un empleado que acude al dentista en horario laboral.

Es decir, en un primer momento, ir al dentista no estaría considerado como permiso retribuido ya que el Estatuto no menciona nada acerca de las consultas médicas (salvo que se trate de mujeres embarazadas que acudan a exámenes prenatales o técnicas preparatorias del parto). Por tanto, por ejemplo, un implante dental no sería causa de permiso retribuido por lo que la empresa no estaría obligada a concederlo. Otro escenario distinto sería pedir la baja por incapacidad temporal por alguna complicación en la intervención dental.

Permiso por ir al dentista: ¿qué dicen los convenios?

Sin embargo, a pesar de que esta situación no esté recogida en el Estatuto de los Trabajadores, muchos convenios colectivos sí establecen esta posibilidad.

Entre otros, el Convenio del Metal de Navarra enumera una lista en la que recopila diferentes licencias retribuidas. Uno de los permisos retribuidos que recoge es “por el tiempo necesario en los casos de asistencia a consulta médica de especialistas de la Seguridad Social cuando, coincidiendo el horario de consulta con el de trabajo, se prescriba dicha consulta por el facultativo de medicina general, debiendo presentar previamente el trabajador al empresario el volante justificativo de la referida prescripción médica. En los demás casos, hasta el límite de 16 horas al año”.

En caso de que el convenio colectivo correspondiente al sector no diga nada sobre el derecho a permiso retribuido en esta situación, la persona trabajadora solo tendría derecho al permiso no retribuido.

El contenido de este post es informativo, por lo que, si deseas realizar cualquier actuación en base al mismo, deberás contactar con nuestro equipo de gestión de personal para poder llevar a cabo un asesoramiento personalizado.

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