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Nueva ayuda para las empresas cuyo centro de trabajo se destruya

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El Gobierno ha aprobado una ayuda a las empresas que mantengan el empleo tras interrumpir su actividad por causas de fuerza mayor, como son los acontecimientos catastróficos imprevisibles que supongan la destrucción total o parcial del centro de trabajo.

Esta nueva ayuda, incluida en el Real Decreto-Ley que regula el Programa Extraordinario de Activación para el Empleo, exonerará a las empresas de pagar a la Seguridad Social cuando se apliquen suspensiones de contrato o reducciones de jornada en lugar de despidos.

En concreto, estas empresas se ahorrarán el 100% de las cuotas empresariales durante un periodo de doce meses, prorrogables a otros doce.

Estas suspensiones de contratos o reducciones de jornada deben tener su origen en acontecimientos de carácter catastrófico imprevisibles e inevitables que provoquen la destrucción total o parcial del centro de trabajo o las instalaciones de la empresa, de manera que se impida la continuidad de la actividad laboral para los trabajadores afectados.

La causa de fuerza mayor propia deberá ser acreditada en un informe preceptivo emitido por la Dirección Especial de la Dirección General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

 

Requisitos de la ayuda

Para poder acceder a esta ayuda, la empresa deberá cumplir una serie de requisitos adicionales:

  • La empresa deberá comprometerse a mantener al 100% de los trabajadores afectados (no se incluyen a los trabajadores recolocados en otros centros de trabajo) durante un año con posterioridad a la finalización de la suspensión o reducción y a realizar la reinversión que garantice el restablecimiento de las actividades.
  • La empresa debe estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, así como tener asegurados los bienes indispensables para realizar la misma actividad productiva en el momento de producirse el acontecimiento de carácter catastrófico que determina la situación de fuerza mayor propia.

Si no se cumplen la reinversión y el mantenimiento del empleo, la empresa deberá reintegrar las exoneraciones aplicadas respecto a los trabajadores afectados.

En la asesoría Laboral PRO somos expertos en nuestro campo y podemos asesorarte sobre cualquier ayuda, incentivo o bonificación, ya sea de carácter local, autonómico o estatal, que pueda interesar a tu empresa. Además, te recordamos que nuestro servicio de asesoramiento especializado no tiene ningún coste añadido. Con Laboral PRO tendrás una solución laboral global.

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