Disponible la aplicación para calcular las nuevas retenciones del IRPF

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Disponible la aplicación para calcular las nuevas retenciones del IRPF

Aplicación para calcular IRPF. Blog asesoría laboral

La Agencia Tributaria ha publicado en su web la aplicación que ayuda a calcular las nuevas retenciones del IRPF de 2015.

Como te contábamos en la entrada 'Se aprueba una el adelanto de la rebaja del IRPF prevista para 2016', el avance a julio de la segunda fase de la reforma fiscal implica una nueva escala de retención a aplicar para los rendimientos del trabajo, es decir, en las nóminas.

No obstante, para calcular la retención a practicar sobre los rendimientos de trabajo que se abonen hasta el 11 de julio de 2015, se calcularán de acuerdo con el procedimiento general de retención vigente hasta ese momento y siguiendo esta escala:

Base para calcular el tipo de retención

Hasta euros

 

Cuota de retención

Euros

 

Resto base para calcular el tipo de retención

Hasta euros

 

 

Tipo aplicable

Porcentaje

0,00

0,00

12.450,00

20,00

12.450,00

2.490,00

7.750,00

25,00

20.200,00

4.427,50

13.800,00

31,00

34.000,00

8.705,50

26.000,00

39,00

60.000,00

18.845,50

En adelante

47,00

 

A partir de 12 de julio para calcular el tipo de retención o ingreso a cuenta aplicable a los rendimientos que se satisfagan o abonen a partir de dicha fecha, la escala de retención es la siguiente:

 

Base para calcular el tipo de retención 

Hasta euros

 

Cuota de retención

Euros

 

Resto base para calcular el tipo de retención

Hasta euros

Tipo aplicable

Porcentaje

0,00

0,00

12.450,00

19,50

12.450,00

2.427,75

7.750,00

24,50

20.200,00

4.326,5

13.800,00

30,50

34.000,00

8.535,5

26.000,00

38,00

60.000,00

18.415,5

En adelante

46,00

La aplicación de la Agencia Tributaria facilita el cálculo de las retenciones a aplicar y la regularización del tipo de retención.

Respecto a la regularización, se podrá realizar en la primera nómina que se abone a partir del 1 de agosto. En este caso, el tipo de retención a practicar para los rendimientos del trabajo antes a esta fecha (es decir, hasta el 31 de julio) se determinará tomando en consideración la escala de retención vigente antes de la entrada en vigor de la rebaja del IRPF.

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