¿Cuándo deben las empresas comunicar un desplazamiento de un trabajador al extranjero?

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¿Cuándo deben las empresas comunicar un desplazamiento de un trabajador al extranjero?

Hoy en día es habitual que las empresas, en especial las que tienen proyección internacional, envíen a sus trabajadores a trabajar al extranjero. Te recordamos que para ello deberás realizar una serie de gestiones.

Blog asesoría laboral: comunicar desplazamiento extranjero

La movilidad internacional de los trabajadores exige una serie de trámites pero cuando los desplazamientos temporales son cortos, tendemos a olvidarlos.

 

Comunicación de desplazamientos cortos

Como sabrás, se puede trasladar a un empleado a un país de la Unión Europea (más Suiza, Islandia, Liechtenstein y Noruega) por un periodo corto de tiempo (hasta dos años) y que éste siga cubierto por la Seguridad Social española.

Para ello, se debe comunicar el desplazamiento a la Seguridad Social con carácter previo, mediante el modelo correspondiente (TA300). Cuando se envía el trabajador a un país con el que España tenga un convenio por el cual éste siga cubierto por la Seguridad Social española, también deberá presentarse este modelo.

Sin embargo, cuando se envía al trabajador a trabajar fuera menos de una semana quizá no somos conscientes que la obligación de comunicar el desplazamiento a la Seguridad Social persiste.

 

¿Qué pasa si no se comunica un desplazamiento corto?

En caso de accidente laboral durante un desplazamiento corto el trabajador no estará cubierto por la Seguridad Social española si no se ha procedido a hacer la comunicación previa del desplazamiento a la Seguridad Social. Y por supuesto, la Seguridad Social del país de destino tampoco lo cubrirá.

Además, para recibir asistencia sanitaria en el cualquier país de la Unión Europea será necesario que el empleado disponga de:

  • La tarjeta sanitaria europea, que deberá solicitar el empleado a título personal a la Seguridad Social, ya sea online o presencialmente.
  • El formulario A1 o E101 que certifica la cobertura por la Seguridad Social española y que expiden las administraciones de la Tesorería General de la Seguridad Social o en sus direcciones provinciales tras presentar el modelo TA300, es decir, tras realizar la comunicación del desplazamiento temporal.

Para más información sobre los trámites a realizar en desplazamientos internacionales de trabajadores puedes leer la entrada '¿Qué trámites hay que hacer con la Seguridad Social para desplazar un empleado?' o recurrir a un experto en Seguridad Social Internacional.

El contenido de esta publicación es meramente informativo, por lo que si deseas realizar cualquier actuación en base al mismo, deberás contactar con nuestra asesoría para poder llevar a cabo un asesoramiento personalizado.

¿Tienes alguna duda?

Si eres una empresa y tienes alguna duda acerca de "¿Cuándo deben las empresas comunicar un desplazamiento de un trabajador al extranjero? " ponte en contacto con nosotros.

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