Coronavirus: La firma digital de contratos de trabajo

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COVID 19: La firma digital y la comunicación telemática

En la situación actual en la que nos encontramos bajo estado de alarma por Coronavirus, es muy común recurrir al uso de la comunicación telemática para desarrollar nuestras actividades profesionales: desde la notificación de un acto procesal, pasando por una comparecencia digital del gobierno, hasta la firma electrónica de un contrato de trabajo o una factura electrónica.

Beneficios de la firma digital en los contratos de trabajo

La situación actual de confinamiento requiere que la firma de los contratos se haga de manera digital. Enumeramos las principales ventajas:

  • ofrece mayor seguridad e integridad de los documentos y garantiza la veracidad de la firma;
  • se garantiza la confidencialidad: el contenido del mensaje solo será conocido por las personas autorizadas;
  • se produce una disminución del almacenamiento de datos y del uso del papel;
  • se evitan desplazamientos y traslados.

Adaptación a la digitalización en tiempos de COVID-19

La crisis derivada de la situación del estado de alarma por Coronavirus ha mostrado la necesidad que tienen muchas empresas de tener sistemas de validez legal remoto donde la firma de un contrato laboral no requiera el desplazamiento físico del trabajador. Mientras dure el confinamiento, la firma de contratos ya no se realizará de manera presencial.

Muchos departamentos de recursos humanos se enfrentan al reto de digitalizar el proceso de firma con trabajadores y clientes de todo tipo de documentos. Para impulsar, facilitar la gestión y simplificar el uso de la firma electrónica, Laboral PRO posee el servicio Firma PRO, una solución al servicio de firmas de contratos y documentos online:

  • supone una clara optimización del proceso de firma;
  • agiliza y facilita las gestiones: los empleados pueden firmar online los documentos con plena validez legal;
  • además del acceso permanente, su uso está disponible desde cualquier dispositivo que tenga acceso a Internet
  • la firma digital es segura y eficaz: cumple con todas las regulaciones digitales y encripta los datos.

¿Tiene la misma validez legal la firma digital que la firma tradicional manuscrita?

El artículo 23 de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información, reconoce el documento electrónico privado como medio perfectamente válido para celebrar cualquier tipo de contrato, por lo tanto es totalmente válido.

Además, el Ministerio de Trabajo emitió una circular externa, en la que establece que pueden celebrarse contratos de trabajo mediante la firma electrónica o digital, tanto trabajadores del sector público o privado.

Si quieres tener más información acerca del servicio de firma electrónica de Laboral PRO ponte en contacto con nuestro equipo de profesionales expertos.

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