¿Qué hacer si un trabajador fijo-discontinuo no se reincorpora a su puesto de trabajo?

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¿Qué hacer si un trabajador fijo-discontinuo no se reincorpora a su puesto de trabajo?

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El inicio del verano suele ser una época en que los trabajadores fijos-discontinuos deben reincorporarse a su puesto de trabajo pero ¿qué ocurre si no lo hacen?

Especialmente en sectores vinculados al turismo como el comercio, la hostelería o la restauración, es común recurrir a la modalidad de contratación fija-discontinua porque es la que se ajusta a la situación de estas empresas, ya que sus necesidades de personal se repiten de un año a otro.

 

¿Cómo es la reincorporación de un trabajador fijo discontinuo?

El reingreso del trabajador fijo discontinuo en la empresa se hace a través de un procedimiento que se conoce como “el llamamiento”, regulado en el convenio colectivo de aplicación y que, por lo general, se realiza durante los mismos meses del año.

No obstante, en algunos casos, en los de los trabajadores fijos discontinuos periódicos, no se realiza el llamamiento, puesto que el empleado conoce de antemano en qué fecha debe incorporarse a la empresa cada año, puesto que se fija en el contrato de trabajo.

 

¿Cómo proceder si el trabajador no se presenta?

Lo primero es asegurarse de que el empleado no se reincorpora a su puesto por alguna causa justificada, como por ejemplo, que esté de baja por incapacidad temporal. Por esta razón, aunque no sea obligatorio, se recomienda esperar un tiempo prudencial de tres días.

Si el trabajador no se presenta a su puesto de trabajo se considera que ha causado baja voluntaria en la empresa y se le podrá dar de baja en la Seguridad Social.

Esto implica que el empleado pierde su derecho a ser convocado en campañas posteriores, por lo que la empresa no tiene ninguna obligación de volverlo a contratar. No está de más consultar el convenio colectivo por si contempla alguna indicación en estos casos.

También es conveniente enviar una notificación al trabajador, como un burofax, para comunicarle que puesto que no se ha reincorporado a su puesto en la fecha en la que debería hacerlo y no ha justificado su ausencia, la empresa procede a extinguir su contrato y a darle de baja en la Seguridad Social al entender que ha causado baja voluntaria.

Este contenido es general y meramente informativo. Si deseas obtener un correcto asesoramiento, ponte en contacto con el equipo de asesores laborales de nuestra asesoría laboral.

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