Novedades laborales 2015: Régimen de Impatriados

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Novedades laborales 2015: Régimen de Impatriados

Blog asesoría laboral: novedades laborales 2015

Dentro de nuestro repaso a las novedades laborales del 2015, vamos a abordar aquí las novedades que afectan al Régimen de Impatriados.

En el siguiente cuadro puedes ver los cambios que ha introducido la reforma fiscal en el Régimen de Impatriados:

 

ANTERIOR

REFORMA

ÁMBITO SUBJETIVO

 

Trabajadores desplazados a territorio españolconcontratoo carta de desplazamiento

 

 

- Trabajadores desplazados a territorio españolcon contrato o carta de desplazamiento

- Administradores de sociedades no vinculadas

- Se exceptúa a losdeportistas profesionales.

REQUISITOS ESPECÍFICOS

- Trabajos realizados en territorio españolpara una empresa o entidad residente en España

- Rendimientos no exentos de tributación IRNR

- Retribución previsible ≤ 600.000 euros

No

OBLIGACIÓN DECLARACIÓN

Real IRPF

Real IP

Real IRPF: Renta mundial rendimientos del trabajo

Real IP

APLICACIÓN EXENCIONES IRNR

No aplicar, según criterio DGT

Prohibido por la norma

TIPO GENERAL(*)

24,75%

Tramos

2015

2016

0 a 600.000 €

24%

24%

+de 600.000€

47%

45%

TIPO PARA DIVIDENDOS

21%

 

Igual Rentas ahorro IRPF

Tramos

2015

2016

0 a 6.000 €

20%

19%

6.000 a 50.000 €

22%

21%

+ de 50.000 €

24%

23%

 

Consideraciones sobre el régimen de impatriados

1. El tipo general sufre los siguientes cambios según si la residencia es en el Espacio Económico Europeo (EEE) o en el resto de países:

Residencia

2014

2015

2016

EEE

24,75%

20%

19%

Resto Países

24,75%

24%

24%

2. Existe la posibilidad de solicitar el borrador de la declaración de la Agencia Tributaria.

3. Se modifica el régimen de opción a tributación como contribuyentes del IRPF, introduciendo una nueva circunstancia para su aplicación:

  • Que al menos el 75% de su renta (renta del trabajo y rendimientos derivados de actividades económicas) hayan tributado por el impuesto sobre la renta de no residentes.
  • Que la renta obtenida en España sea inferior al 90% del mínimo personal y familiar que le hubiese correspondido y la renta percibida en el extranjero que también sea inferior a este mínimo.

4. También se aplicará a los residentes en estados del Espacio Económico Europeo con intercambio de información.

5. Se introduce la exención por reinversión en vivienda habitual.

6. Se introduce la regularización de deudas tributarias correspondientes a pensiones del extranjero.

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