Blog asesoría laboral: novedades laborales 2015
Dentro de nuestro repaso a las novedades laborales del 2015, vamos a abordar aquí las novedades que afectan al Régimen de Impatriados.
En el siguiente cuadro puedes ver los cambios que ha introducido la reforma fiscal en el Régimen de Impatriados:
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ANTERIOR |
REFORMA |
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ÁMBITO SUBJETIVO
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Trabajadores desplazados a territorio españolconcontratoo carta de desplazamiento
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- Trabajadores desplazados a territorio españolcon contrato o carta de desplazamiento - Administradores de sociedades no vinculadas - Se exceptúa a losdeportistas profesionales. |
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REQUISITOS ESPECÍFICOS |
- Trabajos realizados en territorio españolpara una empresa o entidad residente en España - Rendimientos no exentos de tributación IRNR - Retribución previsible ≤ 600.000 euros |
No |
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OBLIGACIÓN DECLARACIÓN |
Real IRPF Real IP |
Real IRPF: Renta mundial rendimientos del trabajo Real IP |
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APLICACIÓN EXENCIONES IRNR |
No aplicar, según criterio DGT |
Prohibido por la norma |
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TIPO GENERAL(*) |
24,75% |
Tramos |
2015 |
2016 |
0 a 600.000 € |
24% |
24% |
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+de 600.000€ |
47% |
45% |
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TIPO PARA DIVIDENDOS |
21%
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Igual Rentas ahorro IRPF |
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Tramos |
2015 |
2016 |
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0 a 6.000 € |
20% |
19% |
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6.000 a 50.000 € |
22% |
21% |
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+ de 50.000 € |
24% |
23% |
Consideraciones sobre el régimen de impatriados
1. El tipo general sufre los siguientes cambios según si la residencia es en el Espacio Económico Europeo (EEE) o en el resto de países:
Residencia |
2014 |
2015 |
2016 |
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EEE |
24,75% |
20% |
19% |
Resto Países |
24,75% |
24% |
24% |
2. Existe la posibilidad de solicitar el borrador de la declaración de la Agencia Tributaria.
3. Se modifica el régimen de opción a tributación como contribuyentes del IRPF, introduciendo una nueva circunstancia para su aplicación:
- Que al menos el 75% de su renta (renta del trabajo y rendimientos derivados de actividades económicas) hayan tributado por el impuesto sobre la renta de no residentes.
- Que la renta obtenida en España sea inferior al 90% del mínimo personal y familiar que le hubiese correspondido y la renta percibida en el extranjero que también sea inferior a este mínimo.
4. También se aplicará a los residentes en estados del Espacio Económico Europeo con intercambio de información.
5. Se introduce la exención por reinversión en vivienda habitual.
6. Se introduce la regularización de deudas tributarias correspondientes a pensiones del extranjero.
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