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La exención de 500 euros a los contratos indefinidos no se ampliará a cuatro años

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El Congreso ha rechazado ampliar a cuatro años la exención de 500 euros a la contratación indefinida. Te explicamos cómo queda este incentivo.

Dentro de la Ley de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social, en marzo del 2015, se aprobó una bonificación de las cotizaciones empresariales por contingencias comunes a la Seguridad Social por contratación indefinida, que consiste en que los primeros 500 euros de la base mensual quedan exentos de cotización.

Las empresas pueden beneficiarse de esta exención durante dos años y un año más si la empresa tiene menos de diez trabajadores (en este tercer año, la exención se aplicará a los primeros 250 euros de la base de cotización).

La proposición de ley presentada por el partido político en el Gobierno para ampliar a un año más este incentivo ha sido rechazada por el pleno del Congreso de los Diputados, por lo que la medida, que se sustituyó a la tarifa plana de 100 en la cotización, se mantiene tal y como está.

 

¿Todavía puedo acogerme al incentivo por la contratación indefinida?

Sí, tu empresa está a tiempo de beneficiarse de este incentivo a la contratación indefinida, ya que será válido para todos los contratos indefinidos realizados hasta el 31 de agosto de 2016.

Esta reducción de las cotizaciones empresariales es válida para la contratación indefinida en cualquiera de sus modalidades, por lo que te podrás beneficiar de ella:

  • Tanto si el contrato indefinido es a jornada completa o a tiempo parcial (en este último caso la cuantía del incentivo se reduce proporcionalmente a la jornada).
  • En la transformación de contratos temporales en indefinidos.

No obstante, la empresa debe cumplir una serie de requisitos para aplicarse la bonificación:

  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
  • No haber realizado un despido declarado improcedente o despidos colectivos declarados no ajustados al derecho en los últimos seis meses.
  • No haber cometido una infracción grave o muy grave que conlleve ser excluida del acceso a los beneficios de los programas de empleo.
  • Que con la contratación se incremente el nivel de empleo indefinido y total de la compañía y mantenerlo al menos durante 36 meses.

Si quieres asesoramiento sobre los incentivos y bonificaciones a las que puedes acogerte en la contratación de empleados, puedes contactar con la asesoría Laboral PRO, que también se encarga de todas las gestiones administrativas necesarias para el alta de un trabajador. Descubre todo lo que podemos hacer por tu empresa.

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