¿Estás preparado para la liquidación directa de cotizaciones?

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¿Estás preparado para la liquidación directa de cotizaciones?

Blog asesoría laboral: liquidación directa cotizaciones

La Tesorería General de la Seguridad Social ha publicado un manual sobre el nuevo sistema de liquidación directa de cotizaciones, el sistema Cret@, que empezará a implantarse en breve, en cuanto se apruebe la ley correspondiente, y hasta final del verano del 2015.

Con el sistema Cret@ será la Seguridad Social la que proporcionará a las empresas un cálculo previo de las cotizaciones de los trabajadores.

Sobre este nuevo sistema, ya te explicamos qué hay que tener en cuenta ante la implantación del sistema Cret@. Ahora también deberás considerar la información que recoge el manual publicado por la Tesorería General de la Seguridad Social.

 

¿Qué documentación hay que enviar a la administración para liquidar las cotizaciones directamente?

En concreto, el documento recoge la documentación que las empresas deberán facilitar a la administración para que se pueda hacer la liquidación directa de las cotizaciones:

  • La base de cotización por contingencias comunes del trabajador (incluyendo los conceptos salariales en especie que cotizan desde el pasado 22 de diciembre) y la base de accidentes de trabajo, de los trabajadores.
  • Para los trabajadores a tiempo completo, deberá hacerse llegar el fichero L00, que deberá incluir la base de horas extras realizadas por fuerza mayor y de forma separada, la base de otras horas extras, en el caso de que se hayan realizado.
  • Para los trabajadores a tiempo parcial, también habrá que comunicar la base de cotización de contingencias comunes y la de accidentes de trabajo, así como las horas extra de fuerza mayor si las hubiese. Igualmente, se tendrán que comunicar el número de horas complementarias.
  • En el caso de contratos para la formación, no será necesario comunicar ningún dato, puesto que cotizan por una cuota fija; se deberá solicitar directamente el cálculo de la liquidación. Hay algunos casos en que sí que deberá enviarse la información de las bases de cotización:
  • Si la empresa se aplica alguna bonificación por estos trabajadores con contratos formativos
  • Si estos trabajadores están cobrando por incapacidad temporal
  • Si los empleados trabajan a tiempo parcial por maternidad o paternidad
  • Si los trabajadores están afectados por un expediente de regulación de empleo

Laboral PRO participa en el programa piloto del sistema Cret@, de manera que dispone de todos los conocimientos al respecto. Si quieres ahorrarte las gestiones con la administración, externaliza la gestión de nóminas a Laboral PRO y podrás disfrutar también de nuestro servicio de asesoramiento laboral y de nuestra tecnología, sin costes añadidos. ¡No esperes más!

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