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¿El empleado con jornada reducida puede distribuirla como quiera?

Blog asesoría laboral: jornada reducida

Una reciente sentencia de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional establece que los trabajadores que soliciten una reducción de jornada podrán repartirla como ellos decidan.

La sentencia, que hace referencia al caso de una empleada que reclamó una reducción de jornada por cuidados de hijos y no trabajar los fines de semana aunque lo establecía el contrato, se opone al criterio de la reforma laboral de 2012.

 

¿Qué dice al respecto la normativa laboral?

Según la última reforma laboral, la jornada reducida debe distribuirse de forma diaria y proporcional, para no afectar organizativamente y económicamente a las empresas.

En consecuencia, con la reforma laboral en la mano, los trabajadores no pueden diseñar la reducción de jornada a su gusto y trabajar dos o tres días a la semana y librar el resto o no trabajar fines de semana y festivos aunque así lo establezca su contrato.

Sobre la reducción de jornada, la norma establece que quien por razones de guarda legal deba cuidar a un menor de 8 años o a una persona con discapacidad, tendrá derecho a una reducción de la jornada diaria entre, al menos, un octavo y un máximo de la mitad de la duración de la jornada, con disminución proporcional del salario.

Sin embargo, el fallo de la Audiencia Nacional busca evitar una interpretación que resulte contraria “a la eficacia de la reducción de la jornada y a la conciliación de los derechos de maternidad, familia y trabajo”.

En el caso concreto al que hace referencia la sentencia, existía un convenio colectivo posterior a la reforma que determinaba que las empresas no pueden obligar a que la reducción se realice sobre la jornada diaria. A pesar de que la redacción era posterior, el convenio mantuvo la redacción de los precedentes.

 

¿Qué hacer si un empleado solicita reducción de jornada?

Ante una situación parecida, cuando un empleado te solicite la reducción de jornada, puedes contar con los servicios de la asesoría Laboral PRO:

  • Puedes hacer una consulta sobre el tema, ya que ofrecemos un servicio de asesoramiento laboral a disposición de nuestros clientes, puesto que cada caso es distinto.  
  • Nos encargaremos de recalcular la nómina de los empleados que puedan acogerse a la reducción de jornada, para que no suponga un trabajo extra para el departamento de RRHH, puesto que nos ocupamos de la gestión de nóminas de tu empresa.
  • Si necesitas contratar a otro empleado para compensar la reducción de jornada del trabajador, nos encargamos de todos los trámites: alta en la Seguridad Social, confección del contrato, registro del contrato en el Servicio Público de Empleo, etc.

Si quieres saber qué más podemos ofrecerte en Laboral PRO, no dudes en contactarnos. Descubrirás la solución global para la gestión laboral de tu empresa.

¿Tienes alguna duda?

Si eres una empresa y tienes alguna duda acerca de "¿El empleado con jornada reducida puede distribuirla como quiera? " ponte en contacto con nosotros.

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